Las Prácticas de Trabajo Social con Grupo

Las Prácticas de Trabajo Social con Grupo de la sección 10 del 5º semestre del turno de la mañana del Colegio Universitario de Caracas se realizarán a partir del 23 de abril del presente año en distintas instituciones educativas del área Metropolitana de Caracas, estas intervenciones de grupos están enmarcadas en el trabajo mancomunado que se ha realizado entre los representantes de la redes de la Oficina Nacional Antidrogas (O.N.A.) en la jurisdicción del Distrito Capital y los estudiantes de la práctica profesional y la docente de la misma.

Basado en el decreto del ejecutivo nacional de realizar convenios entre todas las instituciones universitarias y la O.N.A. se realizó un curso de Asesores Comunitarios, se planificaron los talleres para abordaje e intervención grupal.

Los estudiantes de la cátedra hacemos énfasis en la intervención que se enfoca en el concepto de Prevención Integral que se define como el “Conjunto de procesos que estimulan el desarrollo humano y que con ello tratan de evitar la aparición y proliferación de problemas socialmente relevantes. La Prevención Integral se considera un enfoque que incentiva procesos de construcción cultural y alternativa, propicios al afianzamiento de actitudes que favorezcan el protagonismo social, el desarrollo personal y grupal, la amistad, la solidaridad, el diálogo y la convivencia, en búsqueda de la prevención del consumo de drogas y otros problemas relevantes”. (Guía de Prevención Integral Social de Asesores Comunitarios, p. 14).

Con este concepto de trabajo, los 8 grupos de intervención dictarán 3 charlas de tipo conversatorio dinámico, en el cual se busca interacción entre facilitador y facilitado. Los temas a abordar son valores, autoestima y habilidades para la vida, adaptados a cualquier grupo que desee intervenir, desde niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y sectores laborales de distinta índole, debido a que bajo esa premisa nos hemos preparado profesionalmente.

Los talleres se iniciarán con la presentación de los participantes con una dinámica de grupo, información conceptual y una serie de diversas actividades adicionales con la que se busca la interacción, dinamismo y transmitir de forma efectiva el tema de los conversatorios, reforzando así los valores ciudadanos, familiares y de vida, el autoestima y las habilidades para la vida de los mismos.

viernes, 2 de abril de 2010

¿Qué es la Trata de personas?


El concepto de trata es la captación, transporte, traslado, o recepción de personas recurriendo a la amenaza, al uso de la fuerza, rapto, engaño, fraude, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, con fines de explotación sexual, laboral o de otra índole.
En el Art. 3 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
Es importante añadir a esto que Venezuela junto a otros países latinos han aprobado la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar el Tráfico de Personas Especialmente de Mujeres y Niños.
El Estado Venezolano no cuenta con una ley como tal contra la trata de personas, donde se castigue con penas fuertes a los tratantes y se otorgue toda la protección y cuidados a las victimas hombres y mujeres, niños, niñas y adolescentes, por lo cual es necesario que en Venezuela se legisle en esta materia.
Si bien no existe una ley sobre la trata de personas, y obviamente por eso existe un vació legal, pero se debe resaltar que hay en las distintas leyes artículos que tipifican ese delito, como la ley Orgánica sobre El Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia en su Art. 15 en el numeral 19 tipifica la Trata de mujeres, niños, niñas y adolescentes y también en su art. 56 en el cual establece un periodo de prisión de 15 a 20 años.
Si analizamos esa ley y la falta de leyes sobre el delito, podemos decir que en Venezuela el hombre no es considerado una posible victima de la Trata de personas, cosa que es totalmente falso, ya que la explotación sexual, física y los vejámenes son aplicables sin distingo de sexo, por lo cual se hace imperiosa la necesidad de legislar de forma urgente sobre esta materia.